Siempre nos han dicho que «Entre bueyes no hay cornadas»… Pero, cuando en el mes de enero pasado la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), la Asociación Uruguaya de Entrenadores de Fútbol (AUDEF) y la Organización de Fútbol del Interior (OFI), firmaron el acuerdo para la aplicación de reglamentación interna de la Ley 19.828 (Régimen de fomento y protección del sistema deportivo), creían que no iba a pasar nada a espaldas de las ligas y los clubes del fútbol del interior. Pero no fue así. Porque cuando vieron que la misma establece la obligatoriedad de la tenencia de “título de Entrenador” para el ejercicio de la profesión en el ámbito del deporte federado uruguayo. Ardió troya. Allí las partes, ajustándose al marco legal referido, establecieron un plazo reglamentario de cumplimiento a nivel local de todas las ligas afiliadas a OFI, de exigencia de la «Licencia B» Conmebol, para torneos que comiencen a partir del 1/09/2023. En la sede de la OFI en Montevideo, oficializaron el convenio el presidente de OFI y el secretario general, mientras que por AUDEF, lo hicieron el presidente Ariel Longo y secretario Gerardo Pelusso. Ahora está por verse quienes son los responsables de firmar algo de este tamaño sin previo aviso y la debida autorización de los dueños de la OFI.
LO QUE FIRMARON OFI Y AUDEF